Cómo registrar una marca en Colombia: plazos, costos y errores frecuentes
Registrar una marca en Colombia se hace ante la Superintendencia de Industria y Comercio y toma entre 6 y 8 meses si no hay oposiciones. La tasa oficial de 2026 es de $1.347.500 por solicitud en línea y $673.500 por cada clase adicional. El registro concedido dura diez años, renovables de forma indefinida.
El punto de partida: en Colombia el derecho nace con el registro
Colombia opera bajo un sistema atributivo. Quien registra primero adquiere el derecho exclusivo sobre el signo, con independencia de quién lo venía usando. Usar una marca durante años sin registrarla no crea, por sí solo, un derecho oponible frente a quien la registre después.
Esa es la razón por la que empresas consolidadas descubren, de un día para otro, que un tercero registró su nombre comercial.
Antes de radicar: la búsqueda de antecedentes
El error más costoso es radicar sin buscar. La SIC no devuelve la tasa oficial si la solicitud se niega.
Una búsqueda de antecedentes revisa marcas idénticas y similarmente confundibles en las clases relevantes. La confundibilidad no es solo ortográfica: se evalúa en el plano visual, fonético y conceptual, y frente a productos o servicios relacionados. “Solmar” y “Sol y Mar” para el mismo producto pueden resultar confundibles aunque se escriban distinto.
Las clases de Niza
La marca no se registra “en general”: se registra para productos o servicios específicos, agrupados en las 45 clases de la Clasificación de Niza. Las clases 1 a 34 cubren productos; las 35 a 45, servicios.
La tasa oficial se causa por cada clase. Para 2026, según la Resolución 77243 de 2025 de la SIC, la solicitud en línea cuesta $1.347.500 y cada clase adicional $673.500. Presentarla de forma presencial cuesta $1.638.500. Las MiPymes tienen un descuento del 30%.
Registrar en cinco clases, entonces, no cuesta cinco veces la tasa base: cuesta la solicitud más cuatro clases adicionales. Conviene hacer la cuenta antes de definir el alcance.
Dos criterios prácticos para decidir el alcance:
- Cubrir la actividad actual y la que esté razonablemente proyectada a tres años.
- No registrar clases “por si acaso”: la marca no usada en una clase durante tres años queda expuesta a una acción de cancelación por no uso.
El trámite paso a paso
- Radicación de la solicitud ante la SIC, con el signo, las clases y los datos del titular.
- Examen de forma, donde la SIC verifica que la solicitud esté completa.
- Publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial.
- Término de oposición: terceros pueden oponerse dentro del plazo legal.
- Examen de registrabilidad, donde la SIC evalúa causales absolutas y relativas de irregistrabilidad.
- Concesión o negación, mediante resolución motivada susceptible de recursos.
Sin oposiciones, el trámite toma entre 6 y 8 meses. Con oposición, puede superar el año.
Errores frecuentes
Registrar una marca descriptiva. “Panadería Fresca” para una panadería es irregistrable: la ley no permite apropiarse de términos que describen el producto, porque dejaría a los competidores sin palabras para nombrar lo que venden.
Confundir nombre comercial, razón social y marca. Son tres cosas distintas. Inscribir la sociedad en la Cámara de Comercio no protege el signo como marca.
Registrar a nombre de la persona equivocada. Si el titular es un socio y no la sociedad, cualquier salida societaria futura se convierte en una negociación por la marca.
No vigilar el portafolio. Los plazos de oposición son cortos y preclusivos. Sin vigilancia activa de la Gaceta, la oportunidad de oponerse a una marca confundible se pierde en silencio.
Qué hacer si un tercero ya registró su marca
Quedan vías, aunque más costosas que haber registrado a tiempo:
- Oposición, si aún corre el término y la solicitud no está concedida.
- Cancelación por no uso, si la marca registrada no se ha usado de forma real y efectiva durante tres años consecutivos.
- Nulidad, si el registro se obtuvo de mala fe o incurre en causal de irregistrabilidad.
- Negociación de coexistencia o cesión, que en la práctica resuelve muchos casos antes que el litigio.
Después del registro
El registro dura diez años contados desde la concesión y se renueva de forma indefinida por períodos iguales. La renovación tiene plazo: vencido, el registro se extingue y el signo queda disponible para terceros.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría jurídica. Las tasas oficiales de la SIC se actualizan cada año mediante resolución; las citadas corresponden a 2026 y conviene verificarlas antes de radicar.